viernes, 7 de noviembre de 2014

COMUNICADO

Complejo Habitacional
  BULEVAR ARTIGAS


Estimados socios:

En atención a inquietudes de socios, remitimos a Uds. en líneas generales, los cometidos que tiene a su cargo el personal de Vigilancia:

  •  Realizar rondas en todas las áreas del Complejo.
  • Controlar y vigilar todos los bienes comunes dentro del predio, así como también los bienes propios de los cooperativistas que se encuentren ubicados transitoriamente en los espacios comunes, en especial vehículos o similares.
  • Individualizar a aquellos cooperativistas que no respeten las normas de convivencia, exhortándolos a que las cumplan. En caso de no acatar el cooperativista, el sereno deberá dejar constancia en el libro de partes.
  • Controlar el funcionamiento de los ascensores, auxiliando a las personas que pudieran quedar atrapadas, y solicitar de inmediato la intervención de la empresa que realiza el service de los mismos.
  • En caso de detectar un hecho delictivo, deberá comunicar de inmediato al Supervisor, y llamar al servicio 911,  a la Seccional de Policía Nº 13 y/o radio patrulla.
  • Uso y control de llaves asignadas.
  • Controles varios de los vehículos estacionados.
  • Constatar movimientos por posibles mudanzas e informar al socio y Administración.
  • Control uso de salones y parrilleros.
  • Encendido y apagado de luces exteriores.
  • Impedir la presencia de vendedores ambulantes, encuestadores etc., que no estuvieran autorizados por la Administración.
  • Controlar el comportamiento de personas que se encuentren en el predio.
  • Hacer respetar el horario de descanso de los cooperativistas y dar parte en caso de que la persona no acate el aviso.
  • Control uso de azoteas.
  • Dar aviso al 911 en caso de detectar una situación dentro de los locales comerciales, que así lo amerite; no siendo responsabilidad del personal de Vigilancia del Complejo, cualquier hecho delictivo que pudiera ocurrir dentro de los mismos.

En resumen, el personal de Vigilancia cumple fundamentalmente una función disuasiva, no pudiendo actuar  ante una determinada situación riesgosa, que pudiera implicar exponer su integridad física. En estos casos, está limitado a convocar al personal policial, para que  éste, actúe en consecuencia.

En otro orden, comunicamos que dentro de lo posible se trata de organizar los horarios del personal de Vigilancia,  de forma que en el turno nocturno trabajen cuatro serenos y en el matutino y vespertino tres, con la salvedad de días de descanso, licencias anuales y por enfermedad, en la que claramente no se pude completar la plantilla de este personal. Actualmente, hay contratados once serenos.

Por último, recordamos a todos no distraer a los serenos con conversaciones que no tiene relación alguna con el cometido para la cual fueron contratados, ya que otro socio podría estar requiriendo su servicio ante una emergencia, sumado a que ello implica descuidar otras tareas que tiene a su cargo.
                                                                                                                     
 Sin otro particular, saludamos muy atentamente.

                                                                                                         
Comisión Administradora


MONTEVIDEO, NOVIEMBRE DE 2014.-

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